La interpretación del artículo 2626 del código civil argentino
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En: Ciencia y Técnica (vol. 98, nro. 476, Feb. 1942), p. 51-66S.T.:H001 CIE PP2136
El autor hace ver, nuevamente, con un detenido estudio de la cuestión, que el articul 2626 del Codigo civil argentino, mera restriccion al dominio, no rige solo dicha cuestion cuando se trata de demoler paredes separativas
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El autor hace ver, nuevamente, con un detenido estudio de la cuestión, que el articul 2626 del Codigo civil argentino, mera restriccion al dominio, no rige solo dicha cuestion cuando se trata de demoler paredes separativas
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