La interpretación del artículo 2626 del código civil argentino

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El autor hace ver, nuevamente, con un detenido estudio de la cuestión, que el articul 2626 del Codigo civil argentino, mera restriccion al dominio, no rige solo dicha cuestion cuando se trata de demoler paredes separativas
En: Ciencia y Técnica (vol. 98, nro. 476, Feb. 1942), p. 51-66S.T.:H001 CIE PP2136
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El autor hace ver, nuevamente, con un detenido estudio de la cuestión, que el articul 2626 del Codigo civil argentino, mera restriccion al dominio, no rige solo dicha cuestion cuando se trata de demoler paredes separativas

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