Nuevas medidas de regulación y control de los vertidos
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En: Mapfre Seguridad (Año 15, nro. 59, 3° Trimestre 1995), p. 29-33S.T.:H614.8 MAP PP0926
Con la aparición del R.D. 484/1995, de 7 de abril, sobre medidas de regulación y control de los vertidos, se cubre las insuficiencias en esta manera de la legislación anterior, que permitirá ordenar definitivamente los vertidos existentes a través de los planes de cuenca hidrográfica. A partir de ahora, todas las empresas deberán presentar cada tres meses análisis del vertido, en lo que concierne al caudal y composición del efluente ante la confederación hidrográfica correspondiente, y una declaración anual de las incidencias de la explotación del sistema de tratamiento y resultados obtenidos en la mejora del vertido
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Con la aparición del R.D. 484/1995, de 7 de abril, sobre medidas de regulación y control de los vertidos, se cubre las insuficiencias en esta manera de la legislación anterior, que permitirá ordenar definitivamente los vertidos existentes a través de los planes de cuenca hidrográfica. A partir de ahora, todas las empresas deberán presentar cada tres meses análisis del vertido, en lo que concierne al caudal y composición del efluente ante la confederación hidrográfica correspondiente, y una declaración anual de las incidencias de la explotación del sistema de tratamiento y resultados obtenidos en la mejora del vertido
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